HOMOLOGACIÓN FABRICANTES

Si va a realizar el carrozado en varios vehículos industriales nuevos de una misma marca y tipo, puede realizar una serie corta nacional (NKS) o un tipo europeo si desea comercializarlos en el extranjero. El LCOE, como laboratorio de homologación de vehículos designado por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad podemos realizar, un informe detallado de los aspectos relativos a la homologación que se presentará en dicho Ministerio para su aprobación si procediera.


Puedes hacernos llegar tu consulta para estudiar su viabilidad, para ello necesitaremos que nos envíes:

A) Ficha tipo C de primera fase
B) Fotografías generales del vehículo o descripción de la transformación
C) Fotografías de detalle de placa de fabricante y componentes

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Los vehículos industriales nuevos carrozados en España se pueden legalizar por medio de Homologación Unitaria o individual de vehículo completado o multifase. El vehículo podrá disponer de dos o más fases, las cuales completarán sucesivamente el vehículo hasta terminarlo. Los fabricantes de cada fase deberán estar dados de alta en el Registro de Firmas de Fabricantes e Importadores del Ministerio y se encargarán de legalizar cada una de las fases en las que tomen parte, también deberán disponer de UCA en vigor e Informes H, Directivas o Reglamentos de las materias que hayan modificado. Esta homologación es independiente de cada vehículo y se emite a número de bastidor.

EL LCOE, como Laboratorio designado por el Ministerio de Economía, Comercio y Competitividad podemos realizar, previa inspección si fuera necesario, un informe detallado de los aspectos relativos a la homologación que se presentará en el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para su aprobación si procediera.


Puedes hacernos llegar tu consulta para estudiar su viabilidad, para ello necesitaremos que nos envíes:

A) Ficha tipo C de primera fase
B) Fotografías generales del vehículo
C) Fotografías de detalle de placa de fabricante y componentes

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La tramitación de reformas en vehículos se realiza acorde al RD 866/2010, para el cual se establecen los requisitos a cumplir para la reforma o modificación de los elementos de seguridad del vehículo.

Para la emisión de la reforma, será necesaria la justificación de los Actos Reglamentarios (requisitos de ensayos) mediante documentación técnica correspondiente o la realización de ensayos por el propio Laboratorio.

El LCOE dispone de acreditación ENAC 17020 y está designado por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para la emisión de informes de reformas, y la realización de ensayos conforme a sus acreditaciones y designaciones correspondientes.


Puedes hacernos llegar tu consulta para estudiar su viabilidad, para ello necesitaremos que nos envíes:

A) Ficha ITV del vehículo por cara delantera y trasera
B) Proyecto técnico (en caso de ser requerido para su tramitación)
C) Certificado de taller
D) Fotografías generales y de detalles de las reformas realizadas

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